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Anice presenta sus alegaciones a la Norma de Calidad de los derivados cárnicos para que se llame a “cada cosa por su nombre”

Anice ha participado en la consulta pública de actualización del futuro Real Decreto de calidad alimentaria en el que está trabajando el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), enviando alegaciones a la Norma de Calidad de los Derivados Cárnicos. La asociación industrial cárnica ha remitido comentarios y propuestas, a fin de aclarar y resolver algunas cuestiones que no contempla la actual Norma de Calidad de los Derivados Cárnicos, entre ellas las que afectan a las denominaciones de los alimentos que elabora el sector.

La asociación considera que el sector cárnico se está viendo perjudicado "por la proliferación de productos veganos y vegetarianos que están adoptando términos y denominaciones que le son propias a los productos de origen animal".

Ante esto, buscando salvaguardar el principio de transparencia de la normativa de calidad alimentaria, ha reclamado al MAPA un marco regulatorio claro para las denominaciones cárnicas, remitiendo para ello alegaciones a la normativa para que impida que los productos que imitan a los alimentos de origen animal puedan apropiarse no solo de sus denominaciones de venta, sino también de las cualidades nutricionales y gastronómicas de los productos cárnicos, como ya está pasando con el jamón, el chorizo o la hamburguesa, tan arraigados a nuestro patrimonio cultural y al sector ganadero-cárnico.

“Su regulación evitará la usurpación y la mala utilización por parte de los productos de origen vegetal de las denominaciones de venta propias de las carnes y derivados, y protegerá al consumidor, evitando confusiones en el momento de compra” ha manifestado el director general de Anice, Giuseppe Aloisio.

“Además en la Unión Europea existe legislación de protección al consumidor, de publicidad engañosa y de greenwashing que en nuestro país están siendo infringidas” ha añadido.

Como argumentación jurídica, Anice asegura que el artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, establece que la información alimentaria no inducirá a error, teniendo esta que ser precisa fin de evitar inducir a la confusión, no solo con manifestaciones concretas sobre características, sino también con simples manifestaciones que sugieran la presencia de un determinado alimento mediante la apariencia, la descripción o la inclusión de representaciones pictóricas.

En relación con la publicidad comparativa, este artículo ofrece conclusiones interesantes respecto a los productos veganos, obligándoles a cumplir siempre en su publicidad con una serie de condiciones para garantizar su legalidad y ética para proteger a los consumidores de la desinformación y asegurar que la comparación entre productos sea justa y transparente. 

“Si protegemos nuestro patrimonio regional y local mediante IGP y DOPs, deberíamos ser coherentes y proteger las denominaciones de nuestro acervo gastronómico, que también es fruto de nuestro patrimonio común, que ahora está en juego con el auge de la comercialización de productos similares” reclama el director general de la asociación.
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