- España Entra en vigor el nuevo Reglamento de Envases y
Residuos de Envases
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Llegó el día, hoy martes, 11 de febrero, entra en
vigor el nuevo Reglamento 40/2025 de Envases y
Residuos de Envases que supondrá importantes cambios
para el sector agroalimentario. Las empresas, no obstante, tendrán
hasta el 12 de agosto de 2026 para adaptarse.
El nuevo texto, como resume el propio Consejo Europeo, trae nuevas
normas que disminuirán considerablemente la generación de
residuos de envases al establecer objetivos vinculantes de
reutilización, limitar determinados tipos de envases de un solo uso
y exigir a los operadores económicos que reduzcan el uso de envases
al mínimo. El Reglamento abarca la totalidad del ciclo de vida de
los envases.
Las nuevas normas incluyen, entre otros, los siguientes requisitos
para los envases:
Objetivos para 2030 y 2040 relativos al porcentaje mínimo de
contenido reciclado (hasta el 65 % para las botellas de plástico de
un solo uso de aquí a 2040).
Reducción al mínimo del peso y el volumen de los envases y
prevención de los envases innecesarios.
Reducción al mínimo de las sustancias preocupantes, en
particular restringiendo la introducción en el mercado de envases
que estén destinados a entrar en contacto con alimentos y que
contengan sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas
(PFAS) si superan determinados umbrales.
Además, los requisitos en materia de etiquetado, marcado e
información (por ejemplo, sobre la composición de materiales o el
contenido reciclado) deberían facilitar la separación realizada por
el consumidor y su toma de decisiones.
Los diez aspectos clave
Desde el centro tecnológico Ainia han querido analizar en su página
las 10 claves de este nuevo reglamento:
Objetivo principal: Minimizar las cantidades
de envases y residuos generados, reduciendo al mismo tiempo el uso
de materias primas vírgenes y fomentando la transición hacia una
economía circular, sostenible y competitiva.
Plazos de aplicación: las empresas deberán
cumplir con el Reglamento a partir del 12 de agosto de 2026, con
objetivos progresivos hasta 2040.
Prohibición de sustancias preocupantes: se
restringirá el uso de compuestos como PFAS, plomo, cadmio, mercurio
y cromo hexavalente, con el fin de garantizar la seguridad
alimentaria y medioambiental.
Requisitos de reciclabilidad: los envases
deberán ser reciclables y se clasificará su calidad en tres
niveles: A (≥95%), B (80-95%) y C (70-80%). A partir de 2038, solo
se admitirán aquellos con al menos un 80% de material
reciclado.
Contenido reciclado mínimo: para los envases
en contacto con alimentos, los niveles mínimos de plástico
reciclado serán:
– PET: 30% en 2030 y 50%
en 2040.
– Otros plásticos: 10% en
2030 y 30% en 2040.
Reducción de espacio vacío en envases: se
evitará el sobre envasado con nuevas directrices de diseño que
optimicen el uso de materiales.
Etiquetado y trazabilidad: se establecerá una
etiqueta armonizada en la UE con la información sobre la
composición de los envases para facilitar su separación y evitará
el greenwashing (declaraciones medioambientales
engañosas).
Restricciones a determinados envases de plástico de un
solo uso: como en el caso de frutas y verduras frescas
envasadas de menos de 1,5 kg y porciones individuales de
condimentos, salsas y azúcar en hoteles, bares y restaurantes.
Envases reutilizables para bebidas: con unos
objetivos para la distribución de presentar obligatoriamente el 10%
en 2030 y de manera voluntaria el 40% en 2040.
Desarrollo normativo progresivo: se prevé que
la regulación continúe evolucionando en los próximos 5-8 años, con
directrices y normas técnicas que ayudarán a su aplicación.