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Entra en vigor el nuevo Reglamento de Envases y Residuos de Envases 

Llegó el día, hoy martes, 11 de febrero, entra en vigor el nuevo Reglamento 40/2025 de Envases y Residuos de Envases que supondrá importantes cambios para el sector agroalimentario. Las empresas, no obstante, tendrán hasta el 12 de agosto de 2026 para adaptarse.

El nuevo texto, como resume el propio Consejo Europeo, trae nuevas normas que disminuirán considerablemente la generación de residuos de envases al establecer objetivos vinculantes de reutilización, limitar determinados tipos de envases de un solo uso y exigir a los operadores económicos que reduzcan el uso de envases al mínimo. El Reglamento abarca la totalidad del ciclo de vida de los envases.

Las nuevas normas incluyen, entre otros, los siguientes requisitos para los envases:
  • Objetivos para 2030 y 2040 relativos al porcentaje mínimo de contenido reciclado (hasta el 65 % para las botellas de plástico de un solo uso de aquí a 2040).
  • Reducción al mínimo del peso y el volumen de los envases y prevención de los envases innecesarios.
  • Reducción al mínimo de las sustancias preocupantes, en particular restringiendo la introducción en el mercado de envases que estén destinados a entrar en contacto con alimentos y que contengan sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) si superan determinados umbrales.
Además, los requisitos en materia de etiquetado, marcado e información (por ejemplo, sobre la composición de materiales o el contenido reciclado) deberían facilitar la separación realizada por el consumidor y su toma de decisiones.

Los diez aspectos clave
Desde el centro tecnológico Ainia han querido analizar en su página las 10 claves de este nuevo reglamento:
  1. Objetivo principal: Minimizar las cantidades de envases y residuos generados, reduciendo al mismo tiempo el uso de materias primas vírgenes y fomentando la transición hacia una economía circular, sostenible y competitiva.
  2. Plazos de aplicación: las empresas deberán cumplir con el Reglamento a partir del 12 de agosto de 2026, con objetivos progresivos hasta 2040.
  3. Prohibición de sustancias preocupantes: se restringirá el uso de compuestos como PFAS, plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente, con el fin de garantizar la seguridad alimentaria y medioambiental.
  4. Requisitos de reciclabilidad: los envases deberán ser reciclables y se clasificará su calidad en tres niveles: A (≥95%), B (80-95%) y C (70-80%). A partir de 2038, solo se admitirán aquellos con al menos un 80% de material reciclado.
  5. Contenido reciclado mínimo: para los envases en contacto con alimentos, los niveles mínimos de plástico reciclado serán:
                – PET: 30% en 2030 y 50% en 2040.
                – Otros plásticos: 10% en 2030 y 30% en 2040.
  6. Reducción de espacio vacío en envases: se evitará el sobre envasado con nuevas directrices de diseño que optimicen el uso de materiales.
  7. Etiquetado y trazabilidad: se establecerá una etiqueta armonizada en la UE con la información sobre la composición de los envases para facilitar su separación y evitará el greenwashing (declaraciones medioambientales engañosas).
  8. Restricciones a determinados envases de plástico de un solo uso: como en el caso de frutas y verduras frescas envasadas de menos de 1,5 kg y porciones individuales de condimentos, salsas y azúcar en hoteles, bares y restaurantes.
  9. Envases reutilizables para bebidas: con unos objetivos para la distribución de presentar obligatoriamente el 10% en 2030 y de manera voluntaria el 40% en 2040.
  10. Desarrollo normativo progresivo: se prevé que la regulación continúe evolucionando en los próximos 5-8 años, con directrices y normas técnicas que ayudarán a su aplicación.
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