- España Valoración de Anice al Reglamento que frena el uso de denominaciones cárnicas para la venta de productos hechos con carne
✕
Acaba de ser publicado el Reglamento (UE) 2026/1739, tal y como les hemos informado en el siguiente enlace con el que se busca reservar las denominaciones cárnicas (vacuno, ternera, cerdo, pollo, cordero, entre otras) a productos derivados de la carne.
Tras darse a conocer el nuevo texto legao, desde Anice, la Asociación Nacional de Industrias de la Carne de España, su director general, Giuseppe Aloisio, apunta que con esta nueva normativa se ha logrado "un avance importante hacia una mayor transparencia para los consumidores y una mayor seguridad jurídica para los operadores".
Aloisio recuerda que "el sector cárnico europeo lleva años defendiendo que cada alimento debe competir desde su propia identidad, su propia propuesta de valor y la confianza que sea capaz de generar entre los consumidores".
Añade además que "la verdadera innovación no necesita apropiarse de la identidad de otros alimentos para abrirse camino" y "cuando un producto necesita apoyarse en denominaciones que durante décadas han identificado a otra categoría, está viviendo, en cierta medida, de forma parasitaria de un prestigio y una reputación que no le pertenecen".
Por todo ello, Aloisio recuerda que la nueva norma, "responde a una reivindicación histórica del sector y refuerza un principio que en Anice hemos defendido siempre bajo el lema #CadaCosaPorSuNombre: cada producto debe llamarse por lo que realmente es. Esa es la mejor garantía para los consumidores y la base de una competencia leal entre todos los modelos de producción alimentaria”.